El pasado 1 de julio entró en vigor el nuevo régimen del comercio electrónico en el Impuesto sobre Valor Añadido (IVA). El real decreto ley 7/2021, que traspone diversas directivas europeas, cambia el régimen de tributación de las ventas de bienes a través internet en las que los consumidores finales son comunitarios y los vendedores son empresarios o profesionales de otros Estados miembros o de terceros países. Es decir, este régimen establece un cambio en el modelo, pasando de un sistema de tributación en origen a un modelo de tributación en destino. Todos los bienes que entren en la UE por valor inferior a 22 euros tendrán que pagar IVA.
Desde Bruselas argumentan que el sistema del IVA de la UE no se actualizaba desde 1993, por lo que no ha seguido el ritmo de crecimiento masivo del comercio electrónico internacional de los últimos años. Además, la pandemia de Covid-19 también ha acelerado el auge del comercio en línea y ha confirmado la necesidad de una reforma para velar por que se abone al país del consumidor el IVA adeudado por las ventas online.
Esta nueva normativa responde a la necesidad de facilitar la vida tanto a los compradores como a los comerciantes, afectando a los vendedores y mercados o plataformas en línea, tanto dentro como fuera de la UE, a las empresas de correos y mensajería, a las administraciones aduaneras y fiscales, y a los consumidores.
Novedades importantes:
Mediante la nueva legislación se simplifica el proceso de tributación intracomunitario y al mismo tiempo se evitan las desigualdades entre países provocadas por el marco legal actual.
1. IVA para todos: Con arreglo al sistema actual, las mercancías con un valor inferior a los 22 euros importadas en la Unión por empresas no pertenecientes a la UE están exentas del IVA. A partir de ayer, se suprime esta exención para que se aplique el IVA a todos los bienes que entren en la UE, como sucede en el caso de los bienes vendidos por las empresas de la Unión.
2.- Umbral común de 10.000 euros: Hoy en día, los vendedores de comercio electrónico han de contar con su número de IVA en cada estado miembro en el que tengan un volumen de negocios superior a un determinado umbral global, que varía de un país a otro. Ahora, estos diferentes umbrales se han sustituido por un umbral común de la UE de 10.000 euros, por encima del cual el IVA deberá abonarse en el estado miembro en el que se entreguen los bienes.
Los vendedores en línea pueden ahora inscribirse en un portal electrónico denominado “ventanilla única” u “One Stop Shop”, en el que pueden dar cumplimiento y facilitar así la carga de todas sus obligaciones en materia de IVA para sus ventas en toda la UE.
Los marketplaces se convierten en responsables de la tributación de las operaciones de comercio electrónico trasnacionales en las que actúan como intermediarios. Como expone Guerrero, una plataforma digital podrá ser considerada sujeto pasivo si facilita ventas a distancia de bienes importados a la UE por un valor no superior a 150 euros, o el suministro de bienes a consumidores finales, independientemente de su valor, cuando el proveedor no está establecido en ningún Estado miembro. Se crea por tanto, una ficción legal según la cual hay dos entregas sucesivas, una primera del proveedor al marketplace exenta de IVA y una segunda de éste al cliente final sujeta a IVA.
Todos estos cambios van a representar un importante reto para muchos comercios online, por lo que será muy importante que se apoyen en profesionales que les ayuden a configurar la gestión de su actividad empresarial con los nuevos requerimientos, como asesores fiscales y consultores que adecúen su ERP a la nueva legislación.
¿Cómo afecta la nueva legislación del IVA en ecommerce a un ERP?
El ERP será una herramienta imprescindible para gestionar de forma correcta este cambio. Hay que tener en cuenta que al estar conectada la plataforma de ecommerce con el software de gestión, los pedidos se traspasan de forma automática y en tiempo real al sistema ERP, evitando de esta forma una duplicidad de datos, y que cualquier cambio que efectuemos afectará al mismo tiempo a ambos.
El ERP del que dispongamos en nuestro negocio tiene que ser modificado y reajustado, implementando las nuevas funcionalidades que recojan este cambio normativo.
Será necesario configurar las herramientas software de gestión de forma que puedan calcular el IVA correcto en función del país desde el que se está realizando la compra. De una correcta integración entre ambas soluciones tecnológicas, tanto ERP como ecommerce, dependerá el éxito en la automatización de la nueva gestión del IVA en comercio electrónico.
Aunque el nuevo sistema de IVA conlleve un importante reajuste en los procedimientos de las empresas de ecommerce y en sus ERPs, ayudará de forma notable a las empresas europeas a aprovechar las ventajas del mercado único y a mejorar su competitividad en los mercados mundiales.
En Código10 Soluciones Informáticas contribuimos a la expansión digital de cualquier negocio gracias a la implantación de las soluciones de software de gestión empresarial que están en constante actualización para adaptarse a los cambios normativos y a las circunstancias del mercado, como es el caso de la nueva legislación del IVA en ecommerce. No dude en contactar con nosotros para mayor tranquilidad y garantía en conseguir un negocio actualizado y, por tanto, de gran rentabilidad.